MEDIDAS TRANSITORIAS PARA GARANTIZAR EL ORDEN PUBLICO EN DECRETO No 1000 – 0283 DE 2020

PICO Y CÉDULA: Las medidas de «Pico y Cédula» previstas en
el artículo 30 del Decreto 1000-0216 de 2020 modificadas por el Decreto 1000-0225 de 2020 y Decreto 1000-0234 de 2020 continúan vigentes durante el periodo de aislamiento.

El Terminal de Transporte prestará servicios durante el tiempo que dure aislamiento preventivo sin perjuicio del cumplimiento del Plan de Aplicación de los Protocolos de Bioseguridad adoptados por el
Ministerio de salud y Protección Social.

La compraventa de tiquetes deberá hacerse por medios electrónicos y/o a través de lineas telefónicas, con el fin de evitar la aglomeración en la taquilla .

Establecimientos y locales gastronómicos y/o relacionados.

Permitir la comercialización mediante atención al publico de manera
presencial en los establecimientos y locales gastronómicos cumpliendo e
implementando el Plan de Aplicación del Protocolo General de Bioseguridad adoptado mediante la Resolución 666 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Se podrá realizar la venta directa para atender al público de manera
presencial para el consumo al interior del establecimiento y/o local, sin
aglomeración, respetando las distancias mínimas contempladas

Se podrá realizar la venta de productos mediante entrega directa del servicio al cliente para llevar y consumir fuera del mismo.

se podrá realizar la venta de productos mediante entrega directa al cliente en su vehículo en los parqueaderos de los respectivos locales.

No se podrá hacer uso de zonas de juegos infantiles ni ningún otro elemento común.

Levantamiento de pico y placa para motocicletas.


Durante el término del periodo de aislamiento preventivo obligatorio de que trata el presente decreto y hasta la declaratoria de emergencia sanitaria, se suspenderán los efectos de la restricción de circulación de motocicletas de que trata el artículo 2o del Decreto 1000-0225 de 2020.

Mudanzas y trasteos. Permítase las mudanzas y/o trasteos de los habitantes del territorio municipal

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